Montaje, instalación, mantenimiento, desmontaje y seguridad

3.1 Los EXPOSITORES que acuerden con el COMITÉ ORGANIZADOR realizar por su propia cuenta el montaje de su STAND, deberán enviar el diseño de éste para la aprobación del COMITÉ ORGANIZADOR antes del 30 de octubre, con las medidas de toda la estructura y los datos de la empresa responsable del montaje, además copia de la póliza de seguro correspondiente, que deberá contener una cobertura de daños al recinto y/o a terceros, de acuerdo con las instrucciones del punto 3.14 de este reglamento.

3.2 Es obligación de cada EXPOSITOR dar a conocer el presente reglamento de manera oportuna a la empresa encargada del diseño de su STAND para que ésta lo tome en cuenta en la elaboración y en el montaje del STAND.

3.3 El ingreso para el montaje al CENTRO DE EXPOSICIONES se podrá efectuar en los tres días previos a la inauguración del EVENTO y en los horarios establecidos por el COMITÉ ORGANIZADOR. Los EXPOSITORES que necesiten tiempo extraordinario para las operaciones de montaje, deberán cubrir las cuotas y requisitos que exija para tal efecto EXPO GUADALAJARA.

3.4 El COMITÉ ORGANIZADOR establecerá los horarios y plazos de desmontaje al término del EVENTO. Los EXPOSITORES que necesiten tiempo extraordinario para las operaciones de desmontaje, deberán cubrir las cuotas y requisitos que exija para tal efecto EXPO GUADALAJARA.

3.5 Queda prohibido a los EXPOSITORES realizar actividades de montaje y desmontaje durante los días del EVENTO.

3.6 A los EXPOSITORES que hayan contratado STAND equipado por la FIL, se les permitirá el ingreso al CENTRO DE EXPOSICIONES un día antes de la inauguración del EVENTO, de las 8:00 am a las 20:00 horas.

3.7 El COMITÉ ORGANIZADOR podrá dejar sin efecto el derecho de uso del STAND que tiene el EXPOSITOR cuando el mismo no se haya presentado a montar y/o instalar sus materiales en su STAND antes de las 16:00 horas del día previo a la inauguración del EVENTO; lo anterior, sin derecho a reembolso a favor del EXPOSITOR.

3.8 El COMITÉ ORGANIZADOR informará al expositor el día y la hora en la que el EXPOSITOR podrá ingresar a instalar el mobiliario, libros y/o demás productos que presentará, exhibirá, mostrará, promocionará y/o venderá al público asistente al EVENTO, y será obligación del EXPOSITOR acatarlo. El EXPOSITOR deberá concluir la instalación del mobiliario, libros y/o demás productos que presentará, exhibirá, mostrará, promocionará y/o venderá al público asistente al EVENTO, a más tardar a las 8:30 am del 26 de noviembre de 2011.

3.9 No podrán utilizarse para el montaje de los STANDS materiales como tablarroca, yeso o similares, ni se podrán realizar trabajos de carpintería, herrería, equipos neumáticos, soldadura u otros que afecten la ambientación general de los STANDS o del CENTRO DE EXPOSICIONES.

3.10 Salvo lo señalado en el presente documento, no está permitido fijar (amarrar, clavar, atornillar, perforar, pegar, etcétera) ningún objeto en las columnas, pisos, muros o plafones del CENTRO DE EXPOSICIONES; tampoco estará permitido abrir los centros de carga o las cajas de contactos, así como ingresar automóviles, góndolas u otros medios de transporte que puedan dañar el alfombrado. Cualquier daño que se ocasione por el incumplimiento de las disposiciones antes señaladas, deberá ser cubierto por el EXPOSITOR responsable conforme lo determine el COMITÉ ORGANIZADOR. No se permiten anuncios luminosos, salvo que el EXPOSITOR cubra los requisitos de seguridad establecidos por la FIL y que no estén al alcance del público.

3.11 Es obligación de cada EXPOSITOR elaborar un inventario del mobiliario que introduzca al CENTRO DE EXPOSICIONES para su STAND, en el formato correspondiente que le será entregado por el personal de seguridad a su llegada, que será firmado de recibido por dicho personal, con el fin de dejar constancia para todos los efectos legales correspondientes. Este inventario se tendrá que actualizar cada vez que se introduzcan bienes adicionales y servirá para poder retirar del CENTRO DE EXPOSICIONES la totalidad de los bienes.

3.12 Las medidas de seguridad y vigilancia dispuestas por el COMITÉ ORGANIZADOR tenderán a proteger, en la medida de lo posible, a las personas dentro del CENTRO DE EXPOSICIONES. No obstante la seguridad y vigilancia que el COMITÉ ORGANIZADOR establecerá, los EXPOSITORES serán los custodios y depositarios de sus bienes, ubicados en los STANDS, por lo que en caso de daño, destrucción o pérdida de ellos, liberan de cualquier responsabilidad a la FIL y al COMITÉ ORGANIZADOR.

3.13 El servicio de la bodega de libros es gratuito. El COMITÉ ORGANIZADOR no se hace responsable por la pérdida o daños a los materiales depositados en esta bodega.

3.14 Los EXPOSITORES deberán contratar el o los seguros que amparen los siguientes conceptos:

3.15 El EXPOSITOR será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen a terceros por su personal o sus bienes, lo anterior en los términos dispuestos por el Código Civil del Estado de Jalisco y, en su caso, por el Código Penal del Estado de Jalisco.

3.16 Cada EXPOSITOR se responsabilizará de su personal y asumirá el carácter de patrón para todos los efectos legales correspondientes, con lo que desliga a la FIL de cualquier conflicto que se suscite entre el EXPOSITOR y su personal.

3.17 Queda absolutamente prohibido introducir, utilizar o conservar en el STAND materiales o sustancias explosivas, altamente inflamables, combustibles, juegos pirotécnicos o cualquier sustancia peligrosa y análoga a las anteriores.

3.18 Se prohíbe a los EXPOSITORES y su personal introducir e ingerir dentro del STAND bebidas embriagantes, salvo en el caso de llevar a cabo algún coctel. Asimismo, se prohíbe presentarse en estado de ebriedad, fumar o consumir cualquier otra sustancia que altere sus facultades físicas o mentales.

3.19 Los materiales de embalaje o aquellos utilizados para el montaje del STAND, señalización, publicidad y otros similares, que no sean utilizados en la decoración del STAND o no sean parte del mobiliario instalado en el mismo, no podrán conservarse en el STAND durante los días de exposición, salvo cuando por su tamaño no dificulten la circulación de personas, ni afecten la armonía visual del STAND y sus perímetros.

3.20 Al terminar el desmontaje, el EXPOSITOR está obligado a realizar la entrega del STAND y de los accesorios alquilados, en perfecto estado, al personal designado por el COMITÉ ORGANIZADOR, para lo cual se deberá realizar el inventario correspondiente. Se considerará responsable al EXPOSITOR de cualquier daño, avería o pérdida que sufran los STANDS y los accesorios alquilados, en cuyo caso deberá restituir o pagar su valor antes de abandonar el CENTRO DE EXPOSICIONES.

3.21 EXPO GUADALAJARA está autorizado para establecer, modificar y hacer cumplir reglas de uso y seguridad del CENTRO DE EXPOSICIONES, razón por la cual el COMITÉ ORGANIZADOR no es responsable de las medidas, restricciones o limitaciones que imponga dicha instancia en relación con el inmueble y su equipamiento, y, en consecuencia, el EXPOSITOR estará obligado a cumplir con dichas disposiciones.